“MOTO SOS CLUB”
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
§ 1
- La asociación ordinaria lleva el nombre ASOCIACIÓN MOTO SOS CLUB, en adelante denominada en los estatutos "Asociación".
- La Asociación también puede utilizar la denominación abreviada "KLUB MOTO SOS" y la abreviatura "KMS" o la denominación internacional "MOTO SOS CLUB" y la abreviatura "MSC".
- El territorio de actividad de la Asociación esi toda Polonia, así como otros países de Europa y del mundo.
- La sede de la Asociación es la ciudad de Siedlce.
- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. Opera con arreglo a los presentes estatutos y a las disposiciones de la ley polaca de 7 de abril de 1989, Derecho de asociaciones (Prawo o stowarzyszeniach).
§ 2
- El Club puede utilizar distintivos organizativos y parches, así como sellos y logotipos con los nombres de la Asociación "KLUB MOTO SOS", "MOTO SOS CLUB" y las abreviaturas "KMS", "MSC" conforme a la normativa vigente.
- La actividad de la Asociación se basa en el trabajo social de sus miembros.
CAPÍTULO II
Objetivos y formas de actuación
§ 3
- Los objetivos de la Asociación son:
- Acciones orientadas a aumentar la seguridad de los motociclistas,
- Apoyo a los miembros de la Asociación en la mejora de las técnicas de conducción de la motocicleta,
- Mejora de las técnicas de conducción de la motocicleta y elevación del nivel de cultura motorística entre adultos y jóvenes,
- Elevación del nivel de conocimiento de las normas del código de circulación y de la seguridad vial,
- Difusión de los conocimientos en materia de auxilio en carretera y prestación de primeros auxilios,
- Ayuda a los motociclistas en caso de averías y accidentes,
- Apoyo a los motociclistas en la rehabilitación tras los accidentes,
- Apoyo al deporte motociclista,
- Desarrollo y apoyo del turismo motociclista y del senderismo,
- Organización y práctica del turismo motociclista y de otras formas de recreo en el país y en el extranjero,
- Actividades para la integración de los motociclistas,
- Popularización y promoción de la app/marca MOTO SOS y del Club,
- Integración de la comunidad motociclista, cooperación con otros clubes motociclistas, asociaciones e instituciones,
- Desarrollo de la vida cultural y social de los miembros del Club,
- Apoyo a las iniciativas para la construcción de carreteras seguras para los motociclistas,
- Asistencia social, incluida la ayuda a las familias y a las personas víctimas de accidentes motociclistas,
- Actividades benéficas,
- Mantenimiento y difusión de la tradición nacional, cuidado de la polonidad y desarrollo de la conciencia nacional, cívica y cultural,
- Actividades a favor de la cultura, el arte, la protección de los bienes culturales y del patrimonio nacional.
- La Asociación cumple sus objetivos mediante:
- Organización de concentraciones motociclistas y eventos de integración para motociclistas,
- Asociación de personas físicas que utilizan la app MOTO SOS,
- Organización/coorganización de cursos de técnicas de conducción de la motocicleta,
- Organización de conferencias, seminarios, cursos,
- Apoyo económico, material e informativo a las familias en difícil situación de vida tras un accidente motociclista,
- Cooperación con fabricantes y vendedores de motocicletas, ropa y accesorios para motociclistas,
- Organización de salidas, concentraciones y expediciones motociclistas,
- Participación y representación del club en concentraciones, eventos y cursos, nacionales e internacionales, organizados por organizaciones con perfil de actividad similar,
- Cooperación con instituciones gubernamentales y no gubernamentales, así como con organizaciones interesadas en el motociclismo, en el desarrollo del turismo motociclista y en la seguridad vial.
CAPÍTULO III
Derechos y deberes de los miembros
§ 4
- Podrá ser miembro de la Asociación una persona física que posea plena capacidad de obrar y no esté privada de los derechos públicos, siendo ciudadano polaco o extranjero.
- La admisión de nuevos miembros la efectúa el Representante mediante acuerdo adoptado en el plazo de 7 días desde la fecha de presentación de la declaración a través de la app móvil MOTO SOS o en el sitio www.moto.sos.pl / www.motosos.eu o bien en formato papel.
- Podrá ser miembro colaborador de la Asociación una persona física o jurídica que declare una ayuda económica, material o sustancial para la consecución de los objetivos de la Asociación. Se adquiere la condición de miembro colaborador al presentar una declaración escrita sobre la base de la decisión del Representante adoptada en un plazo no superior a 14 días desde la fecha de presentación de la declaración.
§ 5
1. El miembro tiene derecho a:
- participar de forma pasiva y activa en las elecciones de los órganos de la Asociación,
- disfrutar de los resultados y de todas las formas de actividad de la Asociación,
- participar en reuniones, conferencias y eventos organizados por la Asociación,
- presentar mociones relativas a la actividad de la Asociación.
§ 6
1. El miembro está obligado a:
- participar en la actividad de la Asociación y en la consecución de sus objetivos,
- asistir a las asambleas generales de los miembros,
- respetar los Estatutos y los acuerdos de los órganos de la Asociación,
- pagar regularmente las cuotas asociativas,
- representar dignamente a la Asociación.
§ 7
1. El miembro colaborador tiene derecho a:
- disfrutar de los resultados y de todas las formas de actividad de la Asociación,
- participar en reuniones, conferencias y eventos organizados por la Asociación,
- presentar mociones relativas a la actividad de la Asociación,
- participar con voto consultivo en los órganos de la Asociación.
§ 8
- El miembro colaborador está obligado a cumplir con las aportaciones declaradas, a respetar los Estatutos y los acuerdos de los órganos de la Asociación.
§ 9
- La pertenencia a la Asociación cesa como consecuencia de:
- baja voluntaria por escrito de la pertenencia a la Asociación presentada ante el Representante,
- pérdida de los derechos civiles en virtud de sentencia firme del tribunal,
- fallecimiento del miembro o pérdida de la personalidad jurídica por parte de un miembro colaborador.
- exclusión por parte del Representante:
— por impagos injustificados de las cuotas asociativas o de otras obligaciones, durante un período superior a seis meses,
— por vulneración grave de los principios estatutarios, incumplimiento de las disposiciones y acuerdos de los órganos de la Asociación,
— por falta de señales de actividad activa en favor de la Asociación.
2. Una persona excluida o expulsada tiene derecho a recurrir ante la Asamblea de miembros
en el plazo de 14 días desde la fecha de entrega del acuerdo por escrito. La Asamblea de miembros examina
el recurso en la sesión siguiente, y su decisión es definitiva.
CAPÍTULO IV
Órganos del Club
§ 10
1. Los órganos de la Asociación son:
- Asamblea de miembros (Asamblea general),
- El Representante.
2. Las decisiones de la Asamblea de miembros se adoptan por votación pública. La Asamblea puede decidir proceder a votación secreta.
3. Los acuerdos de la Asamblea de miembros de la Asociación se adoptan por mayoría simple de votos en presencia de al menos la mitad de las personas con derecho de voto, salvo que los estatutos dispongan otra cosa.
4. La Asamblea de miembros es el órgano máximo de la Asociación, que toma decisiones en
todas las materias comprendidas en el ámbito de actividad de la Asociación, salvo que los estatutos dispongan
otra cosa.
5. La Asamblea general ordinaria es convocada por el Representante al menos una vez al año, notificando a los miembros a través del correo electrónico u otros medios de comunicación utilizados por todos los miembros de la Asociación (p. ej., publicando la información en internet en el foro del club) la fecha, el lugar y el orden del día propuesto, con al menos 14 días de antelación a la fecha de la Asamblea general. La modalidad descrita anteriormente debe adoptarse como
vinculante también para la notificación a los miembros de la Asociación de otros eventos significativos para el Club.
6. La Asamblea general de los miembros puede celebrarse de forma presencial o en línea en la plataforma Google Meet.
7. Hoja de asistencia:
- reunión presencial — firmada a mano por cada persona,
- reunión en línea — la "firma" es, p. ej., una captura de pantalla / varias capturas de la pantalla del messenger
con nombres y apellidos de las personas.
8. La votación en línea se realiza mediante una encuesta en Google Meet tras la finalización
de la votación, está disponible un informe que contiene nombres, apellidos y respuestas de los participantes.
9. Entre las competencias de la Asamblea general se encuentran, entre otras:
- establecer las líneas de acción y de desarrollo,
- elección y destitución del Representante,
- fijar el importe de las cuotas asociativas mensuales/anuales
- adoptar modificaciones de los estatutos,
- decidir la disolución de la Asociación,
- decidir sobre la adquisición y enajenación de inmuebles o del derecho de usufructo perpetuo,
- decidir sobre la constitución de un derecho real limitado,
- decidir sobre la celebración de un contrato de crédito o de préstamo,
- decidir sobre la asunción de deuda, reconocimiento de deuda, exoneración de la deuda, intervención en la deuda, celebración de un contrato de fianza o celebración de otro contrato similar,
- decidir sobre la asunción de otras obligaciones que superen el valor de 20.000 PLN.
10. La Asamblea de miembros es convocada por el Representante a iniciativa propia o a petición de 1/3
de los miembros de la Asociación. La Asamblea de miembros está presidida por el Presidente de la Asamblea.
11. La Asociación está representada por el Representante elegido por la Asamblea
de miembros para un mandato de 5 años. El Representante puede ser destituido por la Asamblea de miembros.
12. El Representante se nombra para dirigir toda la actividad de la Asociación conforme a los acuerdos de la Asamblea general de miembros, y además representa a la Asociación frente al exterior.
13. El ámbito de actividad del Representante comprende:
- representación de la Asociación frente al exterior,
- gestión del patrimonio de la Asociación,
- convocatoria de la Asamblea de miembros,
- celebración de acuerdos de cooperación con empresas, organizaciones e instituciones estatales,
- ejecución de los acuerdos de la Asamblea general,
- admisión de los miembros y privación de la condición de miembro,
- realización de los objetivos de la Asociación.
14. La adopción de una decisión por parte del Representante que exceda del ámbito de la administración ordinaria
requiere el consentimiento previo de todos los miembros de la Asociación y el otorgamiento por parte
de ellos de un poder para realizar tales actos.
- adquisición y enajenación de inmuebles o del derecho de usufructo perpetuo,
- constitución de un derecho real limitado,
- celebración de un contrato de crédito o de préstamo,
- asunción de deuda, reconocimiento de deuda, exoneración de la deuda, intervención en la deuda, celebración de un contrato de fianza o celebración de otro contrato similar,
- asunción de otras obligaciones que superen el valor de 10.000 PLN.
CAPÍTULO V
Patrimonio de la Asociación
§ 11
1. Los fondos para la actividad de la Asociación proceden de:
a. cuotas asociativas,
b. subvenciones,
c. donaciones,
d. aportaciones,
e. colectas públicas,
f. herencias, legados,
g. rendimientos del patrimonio de la Asociación,
h. ingresos de patrocinadores.
2. El patrimonio de la Asociación no puede destinarse de forma no conforme con los objetivos de la Asociación.
CAPÍTULO VI
Modificación de los Estatutos, disolución de la Asociación
§ 12
1. Las modificaciones de los Estatutos solo pueden producirse mediante acuerdo de la Asamblea general
adoptado por mayoría absoluta de votos (50% +1 voto) en presencia de
al menos la mitad del número de miembros.
2. La Asamblea general adopta el acuerdo relativo a la disolución de la Asociación o a la modificación de los
Estatutos por mayoría de 2/3 en presencia de al menos la mitad del número de miembros.
3. En caso de autodisolución de la Asociación, el Representante pasa a ser
liquidador en
virtud del art. 36 párr. 1 de la ley polaca Derecho de asociaciones. El liquidador decide sobre
el destino del patrimonio de la Asociación, en el entendimiento de que el fin para el cual deba destinarse debe
ser conforme con los objetivos de la Asociación.
4. En las cuestiones no reguladas por los presentes Estatutos, se aplican las disposiciones
de la ley polaca — Derecho de asociaciones.